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TSJ avala decisión de Maduro de extender el estado de Excepción al Zulia



Como ya lo hiciera con los decretos relacionados con Táchira, la Sala Constitucional considera que la resolución presidencial está ajustada a la letra y espíritu de la Carta Magna.

EL UNIVERSAL
Caracas.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) avaló la decisión del Gobierno de extender el estado de excepción a parte del estado Zulia al declarar constitucional el Decreto número 1.989, dictado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, que establece la restricción de las garantías en los municipios Guajira, Mara y Almirante Padilla.

La decisión la adoptó la Sala Constitucional en su sentencia número 1.176 publicada este martes 15 de septiembre de 2015, en la cual se indica que el propósito de la resolución gubernamental es impedir "la extensión o prolongación de la situación coyuntural, sistemática y sobrevenida, del contrabando de extracción organizado a diversas escalas, así como la violencia delictiva que le acompaña y los delitos conexos, que trasgreden el orden público, la seguridad y defensa, así como la soberanía alimentaria y económica de la zona fronteriza, y del resto de la Nación, con la diferencia de que en esta ocasión el Ejecutivo Nacional consideró necesario extenderlo a los mencionados municipios del estado Zulia".

El TSJ declaró la absoluta, plena e integral constitucionalidad del Decreto 1.989, por considerar que el mismo fue dictado en cumplimiento de todos los parámetros que prevé la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y demás normativas aplicables, preservando los Derechos Humanos y en protección del Texto Fundamental, del pueblo, del Estado y de sus instituciones.

La medida no debería sorprender, por cuanto el TSJ ya avaló los dos decretos anteriores mediante los cuales el Jefe de Estado declaró la misma medida en los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho Viejo, y Rafael Urdaneta del estado Táchira, el primero de ellos; y en Lobatera, Panamericano, García de Hevia y Ayacucho de ese mismo estado, el segundo.